Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.5.
II.5. Planteado el recurso jerárquico por “TREVIRA GMBH” contra la RA 039/2008, según el memorial que cursa de fs. 569 a 570 vta. y contestado que fue por Marco Mauricio Parra Paredes (fs. 575 a 576); el Director Ejecutivo del SENAPI, pronunció la RA 059/2008 de 21 de agosto -impugnada en la presente acción tutelar-, revocando en todas sus partes la RA 039/2008 y anulando obrados hasta el vicio más antiguo (fs. fs. 583 a 591).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Tutela solicitada por el accionante
- i)
- ii)
- iii)
- denegar
- APROBAR