SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
III.2. Tutela solicitada por el accionante
A través de esta acción tutelar, el impetrante peticiona la anulación total de la RA 059/2008 de 21 de agosto -dictada dentro del proceso administrativo de cancelación tramitado dentro del SENAPI- y “todas sus notificaciones” (sic), solicitando se disponga la subsistencia de la RA 039/2008 y en definitiva, vigente la ejecutoria determinada el 29 de octubre de 2007, respecto a la RA 436/2007, por la que se declaró probada la demanda planteada por Marco Mauricio Parra Paredes, contra la marca “TREVIRA”. Al efecto, sustenta su pretensión en que a momento de dictarse la Resolución Administrativa impugnada, se vulneró la garantía al debido proceso, al pronunciarse ultra petita respecto a una simple denuncia de nulidad de obrados por vicios de procedimiento; y por otro lado, omitir la contestación que opuso al recurso jerárquico formulado por “TREVIRA GMBH” contra la RA 039/2008.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Tutela solicitada por el accionante
- i)
- ii)
- iii)
- denegar
- APROBAR