SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

ii)

ii)   Ambos memoriales descritos en el inciso que precede, fueron considerados en la RA 059/2008, incluso haciendo cita de los alegatos de las partes y retrotrayendo su análisis a actuados anteriores, previamente a considerar la aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento correspondiente, con el enunciado de los principios generales de la actividad administrativa. Así, en su parte considerativa, incursiona en la fundamentación y motivación debidas, para concluir -respecto a los agravios denunciados por Marco Mauricio Parra Paredes-, en que el extravío del memorial del recurso de revocatoria que oportunamente presentó “TREVIRA GMBH”, le provocó indefensión al no haber sido objeto de consideración en actuados posteriores; por lo que, conforme a las facultades conferidas por el art. 55 del DS 27113 de Reglamento a la LPA, se dispuso la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la ejecutoria de la RA 436/2007.