Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0481/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación de sorteo de causas.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- .
- III.1.1. De las supuestas lesiones al debido proceso y de la subsidiaridad excepcional en la acción de libertad.
- III.2. Análisis del caso
- ya que existe la aceptación por parte de mi defendido de entrar a una audiencia de conciliación o acuerdo amigable
- Primer supuesto: Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- APROBAR