Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0553/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2009 a horas 14:30, Bernardino Paxi Limachi, representado del accionante, planteó recusación contra Willams Dávila Salcedo, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, pidiéndole que se allane y remita obrados al juzgado siguiente en número (fs. 28 y vta.). Resuelta por Resolución 426/2009 de 15 de septiembre, mediante la cual, el citado Juez rechazó la misma, disponiendo la remisión del proceso principal ante el juez llamado por ley y de los actuados de la recusación a la Corte Superior de Justicia (fs. 29).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio a la igualdad
- III.2. De las partes en la relación procesal penal
- III.3. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.4. Solicitudes de cesación de detención preventiva
- III.5. Trámite procesal y resolución de la recusación en materia penal
- III.6.1. Respecto a la suspensión de la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva
- III.6.2. Respecto a la recusación planteada contra el Juez de la causa
- ordenar la tutela
- POR TANTO