Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0553/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.5.
II.5. Por nota de 15 de septiembre, consta la remisión de antecedentes por recusación ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz (fs. 33), providenciado por dicha autoridad el 16 del mismo mes y año, radicando provisionalmente la causa, mientras se resolvía la recusación planteada contra su similar Quinto (fs. 34).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio a la igualdad
- III.2. De las partes en la relación procesal penal
- III.3. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.4. Solicitudes de cesación de detención preventiva
- III.5. Trámite procesal y resolución de la recusación en materia penal
- III.6.1. Respecto a la suspensión de la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva
- III.6.2. Respecto a la recusación planteada contra el Juez de la causa
- ordenar la tutela
- POR TANTO