SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

II.4.

II.4.  El abogado y apoderado de la empresa demandada, en informe escrito y en audiencia de amparo constitucional, refiere que la relación obrero patronal concluyó, aún cuando estuviera embarazada no es posible reincorporarla, debido a la suscripción de dos contratos a plazo fijo; y que un tercero significaría darle la condición de indefinido según la Ley 16186; y porque mantuvo una relación sentimental con un compañero de trabajo. Por cuanto, en aplicación del art. 5.II del DS 0012 de 19 de febrero de 2009, que reglamenta la normativa constitucional respecto de los alcances del art. 48 de la CPE, no comprende a los contratos a plazo fijo en particular; y, la precisión efectuada por las SSCC “109/06-R y 528/2007-R”, en cuanto a que producido el fenecimiento del término de los contratos a plazo fijo, la relación laboral se extingue, independientemente que la trabajadora esté embarazada (fs. 77 a 78 vta.).