Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.3.
II.3. El Coordinador General de la Fiscalía General de la “República”, mediante Comunicado CITE X-007/2001 de 16 de noviembre, dirigido a los Fiscales de Distrito de todo el país, informó que como efecto de la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público y la implementación del Código de Procedimiento Penal, el Poder Judicial transfirió a los médicos forenses al Ministerio Público-Instituto de Investigaciones Forenses y que a partir del 1 de octubre de ese año, se sujetaban a su normativa (fs. 17 a 18).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Resolución 022/2004 de 8 de julio de 2004
- con la relación de faltas y sanciones que reglamentariamente se determinen
- contra los actos consentidos libre y expresamente…
- III.4. Análisis del caso concreto
- 492/01 de 1 de octubre de 2001, por el entonces Fiscal General de la “República”, nombrándolo Médico Forense Distrital II, en forma eventual
- concedido
- REVOCAR