Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, sostienen que las autoridades demandadas, conculcaron sus derechos a la seguridad jurídica y al derecho a ejercer la ciudadanía, toda vez que encontrándose habilitados para concurrir al acto eleccionario para elegir al Consejero Departamental de la Prefectura de Cochabamba, no se les permitió votar. Corresponde en revisión, analizar si corresponde o no, otorgar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- b)
- i)
- ii)
- 2)
- c)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- “improcedente”
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los derechos de participación política
- III.2.1. De la situación de María Benedicta Encinas de Escobar
- Fragmento 18
- III.2.2. De la situación de Gualberto Vargas Pericón
- 1º REVOCAR
- 3°