SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Por su parte, Katherine Ramírez de Loayza, mediante su abogada manifestó en audiencia que, la decisión tomada por los Vocales demandados en el Auto de Vista impugnado vulnera lo dispuesto por el art. 398 del CPP, lesionando el derecho a la “seguridad jurídica” dejándola en absoluto estado de indefensión, por cuanto en caso de que interponga una excepción de prescripción, con seguridad le sería negada, no pudiendo beneficiarse con esos actos de defensa; por otro lado, existe gran diferencia entre la condición de funcionario público y servidor público, señalados en el art. 28 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales (LACG), puesto que Katherine Ramírez de Loayza no presta servicios en ninguna entidad del Estado, no recibe remuneración de ninguna institución del Estado, solamente es Notaria de Fe Pública, además que los alcances de los arts. 112 y 123 de la CPE, no son aplicables al art. 1 de la Ley del Notariado (LN), sino solamente a los previstos en el art. 28 inc. c) de la LACG, siendo que en calidad de tercera interesada que se ven afectados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y la garantía de irretroactividad de la ley e igualdad.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- SC 2401/2010-R
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada
- no es menos cierto que el Tribunal de Apelación y el de Casación, deben inexcusablemente resolver todos los puntos apelados o puestos en consideración, así como todas y cada una de las irregularidades denunciadas, pues solo así las partes conocerán los motivos o razones que llevaron al Tribunal a tomar esa decisión, lo contrario, también significaría una violación al debido proceso en su componente de la fundamentación jurídica”
- Fragmento 13
- no responde a los puntos cuestionados
- Las sentencias y autos interlocutores serán fundamentados
- APROBAR