SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2011-R

Fecha: 03-May-2011

no responde a los puntos cuestionados

Sin embargo, dicho Auto de Vista en el último considerando, donde cursa la ratio decidendi del fallo revocatorio, se limita a indicar que la autoridad de instancia “no establece en particular las características que tiene el delito de uso de instrumento falsificado relacionado la consumación de dicho delito” (textual a fs. 39 vta.); luego se refiere a la interpretación y aplicación de los arts. 112 y 113 de la CPE, y la participación del FONDESIF en el proceso, para concluir indicando que: “…si bien la sindicación de delitos es personalísima, pero en el caso presente, los delitos por los que se investiga son convergentes e inherentes a una participación criminal, por lo que corresponde aplicar lo prescrito en la carta principal…” (textual a fs. 40); es decir, que no responde a los puntos cuestionados.