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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0640/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0640/2011-R

    Fecha: 03-May-2011

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    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • a)
    • i)
    • denegó
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica.
    • Fragmento 16
    • III.2. Requisitos de contenido para la procedencia de la acción de amparo constitucional
    • caso contrario se mantendrá el rechazo, y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia...”
    • los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC, y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
    • 1) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
    • es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • y debidamente fundamentada
    • , el Tribunal no puede otorgar plazo a efectos de subsanar un defecto de fondo
    • la causalidad que corresponde a los mismos,
    • Fragmento 26
    • III.4. Sobre la actuación del Tribunal de garantías
    • APROBAR

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