Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2011-R

    Fecha: 20-May-2011

    II.6.

    II.6. Una vez interpuesto el recurso de apelación por los imputados Chih Ping Lee Ho y María Luisa Pacheco Goyzueta (fs. 85 a 86); y ante las excusas de los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, se conformó Sala con Conjueces, pronunciándose la Resolución de 16 de febrero de 2008, declarando admisible la apelación incidental y procedente la misma (fs. 95 a 96). 

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • En cuanto al derecho al debido proceso
    • SC 0873/2010-R
    • Consecuentemente, en mérito al razonamiento precedente, los jueces técnicos carecen de competencia para resolver excepciones presentadas por las partes durante la preparación del juicio, las mismas que en todo caso deben ser propuestas y resueltas durante el acto del juicio y con la intervención de los jueces ciudadanos
    • no implica negar la posibilidad de que, antes del juicio oral y público, concretamente en los actos preparatorios del juicio, las partes presenten excepciones; sin embargo, el tratamiento y resolución de las mismas, deberá ser postergado para la audiencia del juicio
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca