Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2011-R
Fecha: 30-May-2011
II.2.
II.2. El 22 de mayo de 2009, por memorial dirigido al Rector de la UATF y presentado en su Despacho, el accionante solicitó prórroga para la presentación de toda la documentación referida a la postulación para la Decanatura de la Facultad de Ingeniería Civil, más allá de esa fecha establecida como plazo final, argumentando que no se le extendió la certificación en la que se acreditaba que su persona no tenía sentencia ejecutoriada dentro de un proceso administrativo universitario (fs. 9).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- : 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo
- 1. Derecho de petición.
- 2. Derecho a la dignidad.
- 3. En cuanto a los principios a la seguridad jurídica, jerarquía normativa y primacía constitucional
- III.3.2.
- denegado
- APROBAR