SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2011-R

Fecha: 30-May-2011

II.3.

II.3.  Mediante informe elevado al Rector de la UATF, de 22 de mayo de 2009, Carlos Aranibar Escarcha, Secretario General a.i., de dicho ente, afirmó que las certificaciones solicitadas por el accionante se elaboraron de acuerdo a un informe jurídico que emitió el asesor legal, habiéndosele informado de su contenido al requirente en la misma fecha en una audiencia en la que se encontraba conjuntamente su abogado; sin embargo, previa reacción “desaforada” del solicitante la audiencia concluyó sin que haya aceptado recibir los documentos redactados, motivo por el cual solicitaron la intervención de un Notario de Fe Pública (fs. 46); conforme a lo expuesto, se evidencia una certificación de 22 de mayo de 2009, por la que el Secretario General a.i., a solicitud del agraviado acredita que el mismo tiene proceso universitario de carácter administrativo, con Resolución del Honorable Consejo Universitario, que lo suspende de las funciones de Decano de la Facultad de Ingeniería, el 7 de abril de 2004; documento que de acuerdo a la intervención notarial de la misma fecha a horas 14:30, labrada por el Notario de Fe Pública de Primera Clase 3 de Potosí, estaba plenamente elaborado (fs. 58 y vta.), corroborándose también la existencia de una certificación de igual fecha con la respectiva intervención notarial redactada por el mismo funcionario público, sobre la inexistencia de antecedentes autonomistas a cargo del solicitante (fs. 108 y vta.).