SENTENCIA CONSTITUCIONAL 600/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 600/2011-R

Fecha: 03-May-2011

Fragmento 15

La accionante refiere que, tanto el Juez como los Vocales demandados, vulneraron el debido proceso y “seguridad jurídica”; así como amenazan su derecho propietario al haber declarado la extinción de la acción penal por prescripción efectuando un mal cómputo, pues tomaron como fecha el registro en DD.RR., efectuado el 21 de enero de 1997, soslayando que instaurada querella contra Servando Pinto Arispe éste objetó la misma en 7 de junio del indicado año y a partir de ese actuado se interrumpió el cómputo y por ende no se produjo la extinción de la acción penal por el transcurso de los ocho años previstos en el art. 29 inc.1) del CPP, pues desde el año 2003 a la fecha no transcurrieron ni siete años.