Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.4.
II.4. El demandado ofreció un plan de pago a tres cuotas a fin de cumplir con la Sentencia dictada, ante la delicada situación económica en la que se encontraba la Cooperativa (fs. 108 y vta.). Aspecto que fue aceptado por el demandante, pidiendo en el otrosí primero de su memorial, indexación no considerada en Sentencia, al haber perdido el monto adeudado a esa fecha su valor real, tomando en cuenta que debió ser cancelado en el año 2003, y que iba a ser cancelado por la contraparte en forma diferida; por lo que pidió se procediera a la actualización de los beneficios sociales que le correspondían con el mantenimiento de valor respectivo (fs. 109 a 110).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. De los derechos sociales en el marco de la Constitución Política del Estado
- I.
- III.
- III.3. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- REVOCAR