Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
III.2. De los derechos sociales en el marco de la Constitución Política del Estado
Recogiendo el espíritu de los derechos sociales, conceptualizados como el conjunto de derechos, que residen en especificar aquellas pretensiones de las personas y de los pueblos consistentes en la obtención de prestaciones de cosas o de actividades, dentro del ámbito económico - social, frente a las personas y grupos que detentan el poder del Estado y frente a los grupos sociales dominantes -dentro de los cuales se hallan los derechos al trabajo, a la libertad sindical, a la seguridad social, a las prestaciones sociales, etc.-; la Ley Fundamental, en su art. 48, prevé:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. De los derechos sociales en el marco de la Constitución Política del Estado
- I.
- III.
- III.3. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- REVOCAR