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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2011-R

    Fecha: 06-Jun-2011

    II.6.

    II.6.  El 6 de mayo de 2008, la empresa demandada solicitó en la vía incidental, dejar sin efecto la actualización y liquidación de beneficios sociales, argumentando que la Sentencia no había considerado dicho aspecto y que ello no habría sido impugnado por el demandante, precluyendo por ende su derecho al existir cosa juzgada. Habiéndose además cancelado a esa fecha, la totalidad de la suma fijada en Sentencia (fs. 124 a 125).

    • acción de amparo    constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • concediendo
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.2. De los derechos sociales en el marco de la Constitución Política del Estado
    • I.
    • III.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • “conceder”
    • REVOCAR

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