SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0961/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional formulada y ampliando sus fundamentos, indicó que se agotó la vía administrativa reclamando la ilegalidad del descuento sobre los “haberes” posteriormente rehabilitados de su defendido, al haber sido dispuesto por la Comisión de Calificación de Rentas y la Comisión de Reclamación del SENASIR, sin que tuvieran jurisdicción y competencia para ello; así, no existiría resolución administrativa alguna que establezca la base normativa aplicada para determinar el supuesto pago indebido, insistiendo en que los referidos órganos, actuaron arbitrariamente y sin facultad emanada de la ley, sólo en la vía jurisdiccional podría disponerse el descuento del 20%.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad que rige sobre la acción de amparo constitucional
- III.2. Contexto normativo respecto al caso concreto
- no es aplicable lo manifestado por el Tribunal de garantías, respecto a la procedencia de la acción por haberse agotado la instancia administrativa, puesto que el recurso de apelación ante la Sala Social de la Corte Superior de Distrito, previsto por la normativa desglosada previamente se constituye en parte del procedimiento iniciado por el accionante para el desagravio de sus derechos, que concluye en la instancia judicial, sin que sea necesario la interposición de una nueva demanda o la instauración de un nuevo proceso
- III.2.1. Observancia del principio de subsidiariedad respecto a la interposición de la acción de amparo constitucional en análisis
- APROBAR