SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.2.1. Ampliación de la acción

El abogado de los accionantes reiteró los argumentos de la acción y añadió que la Avenida Francisco Bernachi colinda con la FEXPOCRUZ, y para ampliar el campo ferial seguramente los representantes de esa Institución solicitaron al Concejo Municipal que cierre esa calle y la traslade un poco más allá; traslado que se efectuó mediante la Ordenanza Municipal 114/2008, con fundamento en el art. 200 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg), pero se olvidan interpretar lo previsto en el art. 159 de la “Ley de la Organización Municipal” vigente en ese tiempo que establece que el uso del suelo ya aprobado no puede ser modificado.

Añade que los vecinos han comprado sus casas, pagado su dinero, porque había una calle que les habilitaba a salir y trasladarlos más allá, pero ahora les obligan a hacer un recorrido más largo, a perder el tiempo, además de encarecer su vivienda, porque el asfalto de la calle va a ser pagado por ellos. Si bien hay un acuerdo transaccional entre algunos vecinos del barrio y FEXPOCRUZ; empero, ese documento no fue suscrito por los accionantes.