SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

II.9.

II.9.Por nota de 25 de febrero de 2008, el Presidente y Vicepresidente de la Junta Vecinal Cívica  Centenario Litoral; y el Presidente y Secretario General de la Junta vecinal “Señor de los Milagros” y los Directores de las Unidades Educativas “Ernesto Parada Egüez” y “Litoral”,  solicitaron se complete la pavimentación de la calle Francisco Bernachi (Tramo FEXPOCRUZ) y responsabilidad civil para dos funcionarios del gobierno Municipal de Santa Cruz y un concejal por haberse suspendido las obras de pavimentación (fs.48 a 50).

II.9.Por Ordenanza Municipal 114/2008 de 15 de diciembre, el Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra aprobó la reestructuración del lineamiento de la Calle Francisco Bernachi, ubicada en la UV 55 “con una superficie de 8.382 m2, que comprende el desplazamiento de la calle 30 m2 hacia el oeste, quedando sujeta la misma a la cesión de terrenos que realice la FEXPOCRUZ a favor del Gobierno Municipal para el desplazamiento de la calle”. En la misma Ordenanza, en el art. 2 se aprobó el “Contrato de Transferencia de terreno suscrito por la FEXPOCRUZ a favor del Gobierno Municipal con una superficie de 8.813.67 m2 con destino a reemplazar la calle Francisco Bernachi que se desplaza 30 mts al oeste de su actual ubicación” (fs. 66 a 68).