SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

III.2.1. Sobre el fundamento del Tribunal de garantías

  De conformidad a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1.5., en virtud al carácter informal de la acción popular y a la naturaleza de los derechos tutelados, que requieren protección inmediata, no es posible aplicar la sub regla de falta de legitimación pasiva por no haberse presentado la acción contra todos los miembros de un órgano colegiado, en este caso, del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra; consecuentemente, no correspondía denegar la tutela por dicha causal, y tampoco con el argumento de que no fueron demandados los ejecutores de la Ordenanza Municipal; pues, la acción puede ser presentada contra la persona que dio la orden  presuntamente ilegal o contra quien la ejecutó, dependiendo de qué autoridad o persona lesionó los derechos protegidos en esta acción. Asimismo, puede plantearse contra las autoridades vigentes o contra quienes fungieron como servidores públicos al momento de la supuesta vulneración de derechos colectivos.