SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III.2.1. Sobre el fundamento del Tribunal de garantías
De conformidad a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1.5., en virtud al carácter informal de la acción popular y a la naturaleza de los derechos tutelados, que requieren protección inmediata, no es posible aplicar la sub regla de falta de legitimación pasiva por no haberse presentado la acción contra todos los miembros de un órgano colegiado, en este caso, del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra; consecuentemente, no correspondía denegar la tutela por dicha causal, y tampoco con el argumento de que no fueron demandados los ejecutores de la Ordenanza Municipal; pues, la acción puede ser presentada contra la persona que dio la orden presuntamente ilegal o contra quien la ejecutó, dependiendo de qué autoridad o persona lesionó los derechos protegidos en esta acción. Asimismo, puede plantearse contra las autoridades vigentes o contra quienes fungieron como servidores públicos al momento de la supuesta vulneración de derechos colectivos.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.1. Ampliación de la acción
- 2)
- 7)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- i)
- III.1. Consideraciones previas sobre la acción popular
- Fragmento 18
- III.1.1. Fundamentos de la acción popular
- Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario
- que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz
- verdadero proceso constitucional
- 1)
- Principio de subsidiariedad y plazo de caducidad
- III.1.3. Ámbito de protección
- La acción popular
- individual
- b. La protección de los derechos e intereses colectivos y difusos en nuestra Constitución Política del Estado
- Fragmento 29
- III.1.4. Legitimación activa
- no es exigible la existencia de un
- perteneciente a dicha colectividad
- III.1.5. Legitimación pasiva
- o
- III.1.6. Terceros interesados
- III.2.1. Sobre el fundamento del Tribunal de garantías
- Fragmento 37
- lesividad
- denegar
- APROBAR