SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2011-R
Fecha: 01-Jul-2011
Fragmento 14
De la compulsa de antecedentes, se evidencia que la acción de amparo constitucional fue presentada el 20 de junio de 2008; es decir, durante la vigencia de la Constitución abrogada; en ese contexto, se tiene que como consecuencia del AC 0199/2010-RCA de 24 de agosto, pronunciado por la Comisión de Admisión de este Tribunal, a través del cual, se revoca el Auto 149/08 de 23 de junio de 2008 que rechazó in límine el recurso de amparo constitucional presentado, el Tribunal de garantías, resolvió la presente acción tutelar mediante Resolución 332/10 de 17 de noviembre de 2010; en tal sentido, en mérito a estos antecedentes y con la finalidad de establecer la norma aplicable al caso concreto, es pertinente realizar las siguientes precisiones de orden constitucional:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- 17 de abril de 2007
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- 5 de noviembre de 2010,
- II.10. En cuanto a la notificación al tercero interesado con exhorto suplicatorio y la representación del Oficial de Diligencias
- objeto
- Fragmento 14
- III.1. Análisis de la aplicación directa de la Constitución para el caso concreto
- III.2 Cesación de los efectos del acto reclamado en el amparo y la exigencia de notificación legal y válida con decisión, que hace cesar los efectos del acto reclamado
- De donde se extrae, que si el acto lesivo, cesó en sus efectos antes de la realización del control de constitucionalidad, es aplicable la denegación de la tutela por improcedencia, empero, la indicada suspensión, debe ser de conocimiento cierto del accionante, lo contrario implicaría que los efectos del acto impugnado aún continuaban vigentes”
- III.3. La acción de amparo constitucional y los presupuestos procesales a ser cumplidos para garantizar los derechos de terceros interesados
- es la citación al tercero interesado con la acción de amparo constitucional,
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- b)
- APROBAR