SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2011-R

Fecha: 01-Jul-2011

Fragmento 20

De la compulsa de antecedentes, se evidencia que por memorial de 20 de junio de 2008, Pablo Hernando Ruíz Durán, en representación de Adrián “Isrrael” Mejía Alandia, interpone recurso de amparo constitucional contra los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, Teófilo Tarquino Mújica y Julio Ortíz Linares, impugnando el Auto Supremo 160/2008; en ese contexto y en virtud al rechazo in límine de este mecanismo constitucional de defensa, como consecuencia de la emisión del AC 0199/2010-RCA, en virtud del cual la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, revoca el Auto 149/08 de 23 de junio de 2008, la causa fue admitida por el Tribunal de garantías recién el 5 de noviembre de 2010; en tal sentido, se evidencia que en esta instancia, se ordena la notificación con exhorto suplicatorio al tercero interesado René Soria Galvarro, en el domicilio señalado por el representado del accionante; sin embargo, cursa en antecedentes una representación del Oficial de Diligencias de la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, de 13 de noviembre de 2010, a través de la cual, establece que éste no pudo ser habido en el domicilio señalado, toda vez que, por información de los vecinos no viviría en ese lugar; a pesar de este aspecto, el Tribunal de garantías que conoció y resolvió la presente acción tutelar, por el tiempo transcurrido entre la presentación de la demanda de amparo constitucional y la admisión de este mecanismo de defensa, ingresó al análisis de fondo de la problemática denegando la tutela constitucional pedida.