SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1098/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

A consecuencia de una valoración defectuosa de la prueba introducida a juicio, inobservancia de su condición de inimputabilidad, falta de congruencia entre la acusación y la sentencia, que constituyen defectos absolutos, su representado fue indebidamente procesado, siendo puesto en absoluto estado de indefensión al haber sido condenado por un delito por el cual no asumió defensa y que amenaza su libertad. En apelación, se confirmó la sentencia, sin ninguna fundamentación, ni respuesta a los puntos impugnados; tampoco se advirtió la existencia de defectos absolutos en la tramitación del proceso penal en función del art. 15 de la LOJ. y, en casación, las autoridades demandadas, no observaron los precedentes contradictorios invocados, limitándose a declarar inadmisible su recurso en función a un precedente distinto; pese a que perdieron competencia, al haberse pronunciado después de transcurrido un año de radicada la causa. En consecuencia, corresponde determinar si los hechos demandados son evidentes y si constituyen afectación al derecho fundamental de libertad, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.