SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2011-R

Fecha: 29-Ago-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

En proceso penal seguido por el Ministerio Público, en contra de ambos accionantes el 14 de enero de 2010, se dictó Resolución de sobreseimiento por no haberse encontrado los suficientes elementos para fundar acusación, conforme determina el art. 323.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Determinación que fue puesta a conocimiento del Juzgado de Instrucción en lo Penal de Quillacollo el 31 de mayo de igual año; desde entonces, transcurrieron once días sin que se definiera su situación jurídica, conforme establece el art. 324 del citado cuerpo legal.

Agrega, que a partir de la notificación al superior jerárquico, transcurrieron más de cinco días, sin que se hubiera pronunciado sobre la indicada Resolución. El 9 de junio del mismo año solicitaron se extiendan los mandamientos de libertad; empero, la autoridad demandada, decretó manifestando que su petición se resolvería en audiencia, fijando dicho acto procesal para el 19 de ese mes y año, término superabundante y durante el cual permanecen indebida e ilegalmente detenidos.