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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2011-R

    Fecha: 13-Sep-2011

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    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • i)
    • denegando
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • III.2. Sobre los actos del Ministerio Público y de la Policía Nacional y la posibilidad de reclamarlos ante el juez cautelar
    • sin que sea admisible acudir en forma directa a esta acción tutelar si con carácter previo los hechos denunciados no fueron reclamados ante la autoridad encargada del control jurisdiccional, que es la apta para restablecer las presuntas lesiones a derechos fundamentales
    • En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal; es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
    • Fragmento 22
    • a) De la actuación de la Fiscal de Materia, Carmen Rosa Encinas
    • b)  En relación al Juez de Instrucción Mixto de San Lucas, Gerardo Luis Echalar Ramírez
    • Fragmento 25
    • APROBAR

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