SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 2 de agosto de 2010, cursante de fs. 5 a 6 vta. el accionante manifestó que el 27 de julio del mismo año, en virtud a una denuncia realizada  contra su representado, por la presunta participación en la comisión del delito de violación cometido el 17 de marzo del mismo año, la Fiscal de Materia, Viviana Nieto Bizarroque, dispuso su aprehensión; por lo que, A.A. fue conducido desde su colegio, al Ministerio Público y desde ese momento estuvo ilegalmente detenido.

Refirió que, su hijo nació el 17 de junio de 1994, por lo que al día de los hechos tenía 15 años; consecuentemente, la norma que debería aplicarse era el art. 222 Código del Niño, Niña y Adolescente (CNNA), que establece la aplicación de la responsabilidad social y no la normativa penal; sostiene que, la Fiscal ahora demandada a tiempo de aprehenderlo tenía conocimiento de su minoría de edad; empero, en franca vulneración del art. 230 inc. 4) del CNNA, procedió a tomarle su declaración sin la presencia de sus padres y conforme al art. 272 del mismo Código, la investigación y la declaración deberían ser tomadas por un fiscal especializado; por lo tanto, la aprehensión efectuada por la Fiscal de Materia, Viviana Nieto Bizarroque, fue ilegal; sin embargo, al día siguiente, con el propósito de subsanar el procedimiento irregular puso la causa a disposición del Juez de la Niñez y Adolescencia, autoridad que en lugar de corregir el procedimiento, remitiendo obrados ante la fiscal especializada y dejando sin efecto la ilegal aprehensión, dispuso la detención preventiva de su representado, en base a una imputación formal emanada por autoridad incompetente y sin mediar aprehensión en flagrancia.