Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas, pronunciándose la presente Sentencia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- invocando la tutela que brinda el hábeas corpus, no es aplicable a los supuestos en los que menores de 16 años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos
- acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado
- III.3. La aplicación preferente del Código Niño, Niña y Adolescente a menores infractores y la normativa legal aplicable
- determinada por el Juez de la Niñez y Adolescencia como una medida cautelar,
- fiscales de la niñez y adolescencia desempeñan sus funciones en los asientos donde funcionan juzgados de la niñez y adolescencia; empero, en caso de ausencia, falta o impedimento de dichos fiscales, serán reemplazados por los fiscales de partido de familia
- Fragmento 14
- ante la aprehensión de un adolescente, éste debe ser
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR