SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1253/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Mediante memorial presentado el 17 de agosto de 2010, cursante de fs. 234 a 246 vta., el accionante alega que a su representado, se lo dejó en estado de indefensión, pues la declaratoria de rebeldía y designación de defensor de oficio, tuvieron su origen por una representación del oficial de diligencias que demuestra que no se le buscó en el lugar adecuado.
Señala que, el defensor de oficio, no impugnó la ilegal declaratoria de rebeldía, no apeló el auto de procesamiento, no ofreció pruebas de descargo, pues su ofrecimiento fue un acto netamente formal y no así un acto de defensa real y efectiva; durante el debate no desplegó ninguna actividad que pueda asumirse en el marco del Código de Procedimiento Penal (CPP) de “1972” como defensa propiamente dicha, no impugnó las irregularidades, contradictorias e insuficientes diligencias de la “Policía Judicial”, ni observó la validez de las mismas; no presentó conclusiones; apeló por formalismo sin fundamentación y fuera del término, interpuso insustancial recurso de casación.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1.
- Fragmento 17
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- III.2. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- en consecuencia, tenía conocimiento de la ejecutoria de la Sentencia, por cuanto, no puede alegar vulneración al debido proceso como causa principal para la ejecución del mandamiento de condena y consiguiente detención para el cumplimiento de su condena”
- Fragmento 21
- logrando que se anule todo un proceso penal
- Fragmento 23
- APROBAR,