Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.1.3. Petitorio
Por lo anotado, solicitan se declare “procedente” la acción planteada, ordenando la restitución del régimen normativo que se transgredió por las autoridades demandadas, disponiendo su inmediata reincorporación a sus fuentes de trabajo, conforme a la nueva estructura establecida, en la misma sede de trabajo y que corra desde el 11 de mayo de 2009 -fecha en la que llegaron los nuevos memorándums- a efecto de ser evaluados, conforme lo dispuesto por los DDSS 29894 y 071 ambos de 2009.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo establecido en los DDSS 29894 y 0071
- podrá ser incorporado a las Autoridades de Fiscalización y Control Social
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR