Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 16 de agosto de 2009, según consta en el acta cursante de fs. 65 a 66 vta., en presencia de los accionantes, asistidos por su abogado y de las autoridades demandadas, Diego Ramírez Cruz en representación de José Antonio Landriel Pedraza; y en ausencia del representante del Ministerio Público, no obstante su legal citación (fs.22 y vta.) se produjeron las siguientes actuaciones:
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo establecido en los DDSS 29894 y 0071
- podrá ser incorporado a las Autoridades de Fiscalización y Control Social
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR