Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.2.
II.2. Consta la liquidación laboral de ambos accionantes extendida por el Gerente de Administración y Finanzas de la Superintendencia Forestal, recepcionada por Eveling Danitza Bellot Toledo y Guido Álvaro Pérez Bustamante, el 6 de mayo de 2009; en la misma fecha, verificándose el desembolso de los montos determinados mediante comprobantes de egreso, de 4 de mayo del citado año (fs. 51 a 54).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo establecido en los DDSS 29894 y 0071
- podrá ser incorporado a las Autoridades de Fiscalización y Control Social
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR