SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1280/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III.4.

III.4. Mediante oficio cite MT/VMESCyCOOP/DGSC-JFPyRP-0318/2009, el Director General de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dirigiéndose al Director General de Gestión Jurídica de Bosques y Tierra de la ABT, le informó que la nueva institución, tiene una facultad potestativa de incorporar en sus filas a ex funcionarios de las instituciones extinguidas, “la misma que no tiene un carácter obligatorio, por lo que es tuición de la Máxima Autoridad Ejecutiva elegir al personal adecuado para dar continuar a las actividades que se venía desarrollando” (sic), estableciendo que el personal posteriormente deberá someterse a procesos de selección de personal mediante convocatorias externas (fs.55).