Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1395/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.6.
II.6. La accionante y Eduarda Castillo de Chuma el 5 de noviembre de 2008, interpusieron recurso de nulidad o casación en la forma contra el Auto 38/08 de 7 de octubre de 2008 (fs. 81 a 83 vta.) y los Vocales de la Sala Civil Segunda mediante Auto de Vista 51/2009 de 6 de marzo anularon obrados disponiendo que la Jueza de primera instancia pronuncie nueva sentencia previo trámite de la prueba pericial (fs. 98 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “procedente”
- I.3.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La notificación al tercero interesado
- complementó y moduló
- III.3. Análisis del caso de autos
- identifique a todos quienes pudieran tener un interés legítimo en el proceso civil del cual emergió su acción de amparo constitucional, citando al efecto el domicilio de los mismos.
- REVOCAR