Sentencia: 1687/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1687/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

De la compulsa de antecedentes, así como lo expuesto por la accionante, se tiene que, el 5 de junio de 2008, Sergia Cuellar Moran inició proceso de reconocimiento de hecho contra Luz Marina Bruno Gianella Vda. de Palicio y otros, fundamentando haber convivido en calidad de esposa con el que en vida fuese Julio Antonio Palicio Cuellar. Tras tomar conocimiento de dicha demanda, de su parte presentó oposición al Juez de la causa, adjuntando al efecto certificado de matrimonio, libreta de matrimonio y “colillas” de las partidas de nacimiento de sus hijos, proceso familiar que concluyó con el pronunciamiento de la Sentencia de 20 de abril de 2009, que declaró improbada la demanda por incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 158 del Código de Familia (CF).

Impugnada dicha resolución por la demandante, el recurso fue resuelto por Auto de Vista 01/2010 de 24 de febrero, dictado por el Juez Cuarto de Partido de Familia, quien revocó la Sentencia y declaró probada la demanda de reconocimiento de unión libre o de hecho, ante dicha decisión de alzada, la hoy accionante presentó recurso de casación, que fue resuelta por Auto Supremo 260 de 9 de noviembre de 2010, por los miembros de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, quienes declararon infundado el recurso de casación contra el Auto de Vista 01/2010.