Sentencia: 1687/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1687/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.3.  La misión del Tribunal Constitucional Plurinacional, considerando el voto popular del soberano

El art. 196.I de la CPE delimita la misión que cumple el Tribunal Constitucional Plurinacional, estableciendo lo siguiente: “…vela por la supremacía de la Constitución, ejerce el control de constitucionalidad, y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales”, función que debe ser acatada en directa relación al mandato previsto por el art. 115 de la CPE, asegurando la protección oportuna y efectiva del ejercicio de los derechos fundamentales, estableciendo un sistema de garantías jurisdiccionales, que deben inclinarse por la interpretación y aplicación del principio de favorabilidad pro homine y pro actione, en cuya virtud se debe garantizar a toda persona el acceso a las acciones y recursos constitucionales, eliminando el excesivo formalismo que impida obtener un pronunciamiento constitucional eficaz, idóneo y sobre todo que responda a la realidad del ajusticiado.