SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1619/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1619/2012

Fecha: 01-Oct-2012

denegó

Mediante Resolución 34/2012 de 7 de septiembre, cursante de fs. 62 a 64 vta., el Juez Quinto de Partido Penal, Sustancias Controladas, Liquidador y de Sentencia del departamento de Cochabamba, denegó la tutela solicitada, argumentando que respecto al supuesto procesamiento indebido, debió ser reclamado ante la autoridad jurisdiccional por no constituirse en el motivo de la privación de libertad del representado del accionante, además que no existe contradicción en la declaratoria de ilegalidad de la aprehensión y la imposición de la detención preventiva, pues la una es independiente de la otra; por otra parte, si el accionante consideró contraria a sus intereses y los de su mandante la medida cautelar impuesta, debió permitir que un tribunal superior revise el fallo del a quo y no retirar voluntariamente el recurso de apelación que ya había planteado, por lo que, existiendo aún la vía ordinaria para en su caso solicitar cesación de la detención preventiva, no correspondía activar la jurisdicción constitucional a través de la presente acción tutelar.