SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1694/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1694/2012

Fecha: 01-Oct-2012

II.4.

II.4.  Por memorial de 9 de noviembre, cursante a fs. 13 de obrados, Martin Ayllon Armella, pide a los miembros del Concejo Municipal, autoricen a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del Municipio, la suscripción del contrato de la obra “Refacción Unidad Educativa Gualberto Villarroel de Tatasi, Módulo Cobertura de Calamina y Cobertura Vertical Fase II Tinglado”, asimismo solicitó fotocopias legalizadas de toda la documentación relativa al proceso de contratación; en mérito a lo solicitado, el Concejo Municipal de Atocha emitió la Resolución Municipal 138/2010 de 5 de noviembre, cursante a fs. 14, en la que recomienda al Ejecutivo Municipal pueda declarar desierta la “Segunda Convocatoria” y proceda a lanzar una tercera. Posteriormente, el accionante a fs. 15 solicitó respuesta a su memorial de 9 de noviembre de 2010. Asimismo, a fs. 16 y vta., planteó recurso de reconsideración contra la Resolución señalada, a objeto de dejar sin efecto la misma y en su lugar pronunciar la Resolución de aprobación y autorización de la firma del contrato.