SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1722/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1722/2012

Fecha: 01-Oct-2012

i)

Asimismo en uso del derecho a la dúplica, señaló: i) La acción de amparo constitucional es improcedente, por incumplimiento al principio de subsidiariedad, ya que se pudo plantear recurso de reposición contra el decreto de 21 de julio de 2010, por la que se revocó expresamente el decreto de Autos para sentencia; y, ii) El término para la perención de instancia operó legalmente, por lo que el memorial de 18 de junio de 2010, estaría fuera del plazo establecido por ley.