SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1736/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1736/2012

Fecha: 01-Oct-2012

III.2. Resoluciones emitidas por la Administración Tributaria como actos administrativos

La SC 1181/2010-R de 6 de septiembre, establece que: ”La tarea de administración y gestión pública, encomendada por el constituyente al ejecutivo, encuentran fundamento jurídico-constitucional en la llamada 'potestad administrativa', en virtud de la cual, toda la estructura - que forma parte de la administración pública - encargada de la gestión pública, se somete al marco normativo denominado 'bloque de legalidad', para cuyo cumplimiento, asume decisiones con efectos jurídicos, denominadas actos administrativos, que consiste en toda declaración, disposición o decisión de la administración pública, de alcance general o particular, emitida en ejecución de la potestad administrativa, normada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos por ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable y se presume legítimo (art. 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo LPA).

La potestad tributaria, para la consecución de los fines públicos perseguidos, en uso de sus facultades específicas establecidas en el art. 66 del CTB, emite actos administrativos destinados al cobro de obligaciones tributarias vinculadas a tributos, presumiéndose estos legítimos (art. 65 del CTB), los mismos que se sujetarán a los principios del Derecho Administrativo y se sustanciarán y resolverán con arreglo a las normas contenidas en el referido Código Tributario art. 74.1”.

El art. 4 de la Ley 3092 de 7 de julio de 2005, que incorpora el Título V al Código Tributario Boliviano, establece que: ”Además de lo dispuesto en el Artículo 143 del Código Tributario Boliviano, el Recurso de Alzada ante la Superintendencia Tributaria será admisible también contra: (…) 3. Acto administrativo que rechaza la extinción de la obligación tributaria por prescripción, pago o condonación”.