SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1736/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes adjuntos a la presente acción, se constató que la administración de Aduana Frontera de Yacuiba, inició sumario contravencional por contrabando contra Claudio Agustin Martin Riveros, que mediante Resolución sancionatoria de contrabando de 16 de marzo de 2010, declaró probada la contravención, disponiendo el decomiso definitivo de la mercancía y una multa de UFV's33 406,50.- a lo que, Claudio Agustín Martín Riveros, interpuso recurso de alzada, ante la AIT, quién anuló obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la notificación con el acta de intervención contravencional, motivo por el cual, los representantes legales de la Aduana Regional de Tarija, dentro del término de veinte días, interpusieron recurso jerárquico; sin embargo, la Autoridad de Impugnación Tributaria en base a sus propias faltas rechazó el recurso, aduciendo extemporaneidad en la presentación del recurso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. Resoluciones emitidas por la Administración Tributaria como actos administrativos
- Artículo 196.II.-
- Artículo 206.I.-
- Artículo 219.-
- III.4. Análisis del caso concreto
- asimismo el art. 206.II del CTB, establece que se entiende por días y horas hábiles administrativos aquellos en los que la Superintendencia Tributaria cumple sus funciones,
- CONFIRMAR