SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1774/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1774/2012

Fecha: 01-Oct-2012

1)

Asimismo acotó que: 1) No observó el remate dentro los tres días, porque se encontraba ausente; 2) El depósito no lo realizó el Notario de Fe Pública; 3) No estaba presente el día del remate, ni el asesor legal; y, 4) Cuando se hace el depósito por otra persona, es importante hacer notar quien realizó el mismo.

REVOCAR la Resolución 53/2011 de 24 de febrero, cursante de fs. 302 a 305 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz; y en consecuencia DENEGAR la tutela en base a los fundamentos jurídicos precedentemente expuestos.