SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2012

Fecha: 01-Oct-2012

Fragmento 3

No siendo resuelto el recurso antes referido en el plazo establecido, operó el silencio administrativo positivo, por ende, el memorándum y la mencionada Resolución Administrativa, habían quedado sin efecto; por tal situación, en virtud al art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 67.II de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), solicitó a la entidad referida, proceda a su reincorporación inmediata en el cargo de Jefe de la Unidad Legal y Asuntos Jurídicos, así también el pago de sus sueldos devengados en forma retroactiva al 1 de marzo de 2010, no recibiendo ninguna respuesta, el 30 de agosto de ese año reiteró su petitorio, mismo que tampoco fue contestado de manera negativa o positiva por parte de la referida entidad.