Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.6.
RA 08/2010 de 31 de marzo, quedaron revocados por efecto del silencio administrativo positivo, en consecuencia, solicitó su reincorporación inmediata al cargo de Jefa de la Unidad Legal y Asuntos Jurídicos del SENAVEX y disponer el pago inmediato de sus sueldos y refrigerios devengados en forma retroactiva desde el 1 de marzo de 2010 hasta la fecha de presentación de esta acción de amparo constitucional (fs. 23 a 26).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios de seguridad jurídica y legalidad
- III.3. La causa de pedir
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte