SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.5.
II.5. Acta de verificación de diligencia de 16 de agosto de 2010, suscrita por Guisela Patzi Ardiles, Notaria de Fe Pública de Primera Clase 105; a través del cual, se constata que Verónica Laura Guiteras Aramayo junto a la mencionada funcionaria, se constituyó en las oficinas del SENAVEX, “con el objeto de verificar si cursa respuesta, notificación personal u otra, a la abogada VERONICA LAURA GUITERAS ARAMAYO con el memorial de fecha 23 de agosto de 2010” (sic), a ese efecto, ingresó a la oficina del Jefe de la Unidad Legal, a quien, la accionante le solicitó información “con relación al trámite mencionado”, sin embargo, no dio ninguna referencia al respecto, por lo que se pudo establecer que no hubo respuesta al memorial antes mencionado (fs. 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- 2)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios de seguridad jurídica y legalidad
- III.3. La causa de pedir
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte