Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1817/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.6.
II.6. Mediante memorial de 11 de octubre de 2010, Víctor Decker Quispe Santelices se apersonó ante el Fiscal de Distrito objetando el requerimiento del Fiscal de Materia por el que rechazó su solicitud de expedir mandamiento de aprehensión contra el testigo Pedro Antonio Barrientos Loayza (fs. 28 a 30 vta.), y por Resolución de 15 del mismo mes, el Fiscal de Distrito rechazó el pedido formulado (fs. 31 a 32).
- I.1.1. Hechos que motivan la
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. El procedimiento de la acción de cumplimiento
- III.3. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de cumplimiento
- para que sea declarada la improcedencia de la acción cumplimiento, sustentada en la paralela concurrencia de los tres elementos: sujeto, objeto y causa, es necesario que en la anterior o simultánea acción de cumplimiento, la jurisdicción constitucional haya ingresado al fondo del tema problemático planteado,
- III.4.
- CONFIRMAR