SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1905/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1905/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.8.

II.8.   El 13 de agosto de 2012, la Fiscal de Materia, María del Carmen Roca Mercado, pidió la suspensión de la audiencia toda vez que no podría asistir porque se le fijó con anterioridad otra audiencia para continuación de juicio oral, misma que se llevará a cabo en el “Tribunal 5to” el 14 de agosto de 2012, a horas 8:45, situación por la que señala que se ve obligada a asistir indispensablemente y ante la premura y la falta de tiempo de otros fiscales refirió que no existe nadie que pueda suplirle. En ese entendido, el 14 de agosto de 2012, en la celebración de audiencia se procedió a su suspensión, aclarando con la SC 0078/2010-R de 30 de mayo, que establece que “deberá llevarse a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva aún en ausencia ya sea del Ministerio Público o de la parte civil, más sin embargo la Fiscal ha justificado formalmente su inasistencia en este acto procesal, por lo que veo imposibilitado de llevar este acto procesal, en consecuencia queda suspendida la presente audiencia” (fs. 91 y 98).