SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1907/2012
Fecha: 12-Oct-2012
i)
En audiencia, los terceros interesados se adhirieron al informe de la Jueza cautelar y por su parte afirmaron que: i) El 31 de julio de 2012 se declaró la rebeldía de los imputados, quienes presentaron memorial de comparecencia, pidiendo que se dejen sin efecto las medidas cautelares, lo que se observó por parte de la Jueza de la causa, habiendo transcurrido veintidós días hasta la audiencia, y la defensa no acreditó su impedimento; ii) Se cumplió con la publicación de los edictos, no hubo indefensión, se pidió mandamiento de aprehensión el 13 de agosto del citado año, el que recién se ejecutó; iii) Se debe tomar en cuenta lo establecido en la SC “115/2010” sobre la subsidiariedad en la acción de libertad; y, iv) Solicitaron finalmente que se deniegue la tutela.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia
- a)
- 1)
- i)
- “otorgar” en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Aprehensiones y detenciones preventivas
- III.2. Denuncias sobre aprehensiones ilegales ante el juez cautelar como contralor de la etapa preparatoria e interposición de actividad procesal defectuosa
- III.3.
- III.4.Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.5. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.6. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- Fragmento 23
- III.7. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- III.7.2. En cuanto a las actuaciones de la Fiscal
- 2º CONCEDER en parte